Valor fiscal
Las comunidades autónomas marcan cada año unos valores fiscales para los inmuebles. Podemos solicitar a tu Hacienda autonómica el valor fiscal del inmueble que vamos a vender para indicarlo en la autoliquidación del ITPO o del ISD y adjuntarlo a la escritura. Hay que tener en cuenta que este valor tiene efectos vinculantes durante tres meses desde su notificación.
En la mayoría de las comunidades autónomas se puede consultar los valores fiscales en sus páginas web. En unos casos el valor fiscal se obtiene mediante calculadoras y en otros aplicando un coeficiente determinado al valor catastral (que deberemos conocer con anterioridad). El valor fiscal obtenido lo debemos adjuntar a la escritura.
En el cuadro "Valor fiscal" dentro del apartado Datos Venta (en Propiedades) encontraremos el icono de una calculadora que nos lleva a una web externa que calcula este valor a partir de los datos que ingresamos en la vivienda. Esta web es distinta para cada comunidad autónoma. Si al pulsar este botón no nos lleva a ninguna web es porque no disponemos de la web adecuada para la comunidad autónoma de esa vivienda. Si no funciona esta herramienta y conoces la web que hace este cálculo para tu comunidad, envíanosla a soporte@inmovilla.com y la agregaremos a nuestra base de datos.